El salario de Navidad, conocido como doble sueldo, es un derecho laboral en la Ley 16-92 del Código de Trabajo, que obliga a las empresas y entidades estatales a pagarlo antes del 20 de diciembre.
Según el artículo 220, este pago debe realizarse incluso si el contrato laboral terminó antes de esa fecha, sin importar la razón de la terminación. El monto del doble sueldo se calcula dividiendo el total ganado por el empleado durante el año entre 12.
Si un trabajador laboró todo el año con un salario constante, recibirá un pago equivalente a su sueldo mensual. Si comenzó a trabajar en junio, el cálculo se basa en lo ganado desde entonces hasta diciembre, dividido entre 12.
El doble sueldo es la duodécima parte del salario ordinario anual, sin incluir horas extras ni beneficios de la empresa, y no puede exceder cinco salarios mínimos. Este pago no se considera para preaviso, cesantía u otras asistencias económicas.
Al finalizar el contrato, el empleador debe proporcionar un documento que indique la suma correspondiente al salario de Navidad. Este pago está exento de impuestos sobre la renta.
Aunque el Código de Trabajo no menciona explícitamente sanciones por incumplir con el doble sueldo, considera grave la violación de normas salariales, lo que podría resultar en multas de tres a doce salarios mínimos.
Fuente: El Testigo
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