miércoles, enero 15, 2025
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El precio de las viviendas de bajo costo para 2025

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la actualización de los montos exentos aplicables al impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI) y el nuevo límite para clasificar las viviendas de bajo costo, reflejando el ajuste por inflación correspondiente a 2025.

Según un comunicado oficial, el precio máximo de venta de las viviendas desarrolladas por fideicomisos de bajo costo, incluyendo aquellas del proyecto Ciudad Juan Bosch adquiridas mediante préstamos hipotecarios, será de 5,193,655.47 pesos. Este valor permitirá a los adquirientes optar por el bono vivienda y quedar exentos del impuesto a la transferencia.

En cuanto al IPI, las propiedades destinadas a viviendas y los solares urbanos no edificados pertenecientes a personas físicas estarán exentos del impuesto si su valor no supera los 10,190,833 pesos, indica la entidad recaudadora.

De acuerdo con la primera resolución impositiva del año DDG-AR1-2025-00001, emitida por la DGII el 14 de enero de este 2025, los nuevos valores para el 2025 quedan establecidos de la siguiente manera:

  • Exención del IPI: propiedades con un valor igual o inferior a 10,190,833 pesos
  • Viviendas de bajo costo: tope de 5,193,655.47 pesos

Este ajuste, explica la DGII, tiene como propósito mantener el equilibrio en la política fiscal, asegurando que los montos exentos reflejen las variaciones inflacionarias del mercado inmobiliario. Esto beneficia a los propietarios al actualizar los límites para las exenciones fiscales.

La evolución histórica del precio de viviendas de bajo costo

En 2024, el tope para las viviendas de bajo costo o económicas era de 5,025,380.75 pesos. El nuevo límite (5,193,655.47 pesos) supone un incremento de 168,274.72 pesos, equivalente a un 3.34 %.

Desde 2011, cuando el precio máximo para este tipo de viviendas era de 2 millones de pesos, el valor ha aumentado un 159.68 % en 14 años, alcanzando una diferencia absoluta de 3,193,655.47 pesos.

La Ley 338-21, que modificó varios artículos de la Ley 189-11, establece que los adquirientes de su primera vivienda, a través de fideicomisos de bajo costo acreditados por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), podrán recibir un bono equivalente al valor del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (Itbis) pagado por los materiales y servicios utilizados en la construcción del inmueble.

Resolución en vigencia

Con la resolución ya en vigor, los contribuyentes deberán considerar estos valores al calcular sus impuestos para 2025. Además, estos ajustes serán determinantes en los procesos de solicitudes de préstamos hipotecarios para adquirir viviendas de bajo costo.

Este valor será determinado por el INVI, en coordinación con la DGII. Para beneficiarse, el adquiriente deberá solicitar este bono a través de la fiduciaria que administre el fideicomiso de vivienda de bajo costo correspondiente. Dicho monto servirá como completivo de su inicial para la compra de la vivienda.

La DGII financiará la compensación por concepto del Itbis, pagado en el proceso de construcción de la vivienda, del Fondo Especial de Reembolsos Tributarios constituido. A tal fin, el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Presupuesto, incluirá en las asignaciones presupuestarias otorgadas para dicho fondo, el monto anual estimado, indica la ley.

Fuente: Diario Libre

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