En el carnaval de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, se produjo un incendio que dejó graves consecuencias. Los familiares de las víctimas se preguntan por qué se está llevando a la justicia a quienes vendieron y manipularon los fuegos artificiales que causaron el siniestro, considerándolo como un accidente.
La respuesta se encuentra en la Ley No. 340-09 para el Control y la Regulación de los Productos Pirotécnicos, la cual establece que el uso de productos pirotécnicos está exclusivamente a cargo de empresas de espectáculos pirotécnicos.
La normativa indica que las empresas deben registrarse en la Secretaría de Estado de Interior y Policía, cumplir con requisitos de almacenamiento, transporte y manipulación de los productos, y que el Ministerio de Interior y Policía tiene la autoridad para regular y enjuiciar a quienes violen estos reglamentos.
El Ministerio Público ha sometido a Elvis Miguel Santos de Jesús por manipular los fuegos artificiales y a Guillermo García Perdomo por comercializar los productos pirotécnicos. Ambos han recibido medidas cautelares como prisión domiciliaria y presentación periódica.
Los familiares de las víctimas se oponen a que los responsables sean enjuiciados, argumentando que fue un accidente y que las autoridades deberían brindar orientación en lugar de castigo. El trágico incidente dejó varios fallecidos y heridos, incluyendo al hijo de Santos de Jesús.
La Ley también regula las demostraciones públicas de fuegos artificiales, detallando los requisitos y condiciones que las empresas deben cumplir para realizar estos espectáculos de forma segura y responsable.
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