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El Tribunal Superior Electoral (TSE) niega petición de examen de sufragios inválidos en Consejo de Dajabón

El Tribunal Superior Electoral ha denegado la solicitud de revisión de votos nulos, ya que carece de méritos legales. Esta decisión se tomó por unanimidad de los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez y Juan Manuel Garrido Campillo. El recurso de apelación fue presentado por Fiordaliza Caridad Ceballos contra la Junta Central Electoral, la Junta Electoral de Dajabón y el Partido Revolucionario Moderno.

El Tribunal determinó que las revisiones de votos nulos fueron examinadas por los miembros de la Junta Electoral de Dajabón de acuerdo con la Ley número 20-23, iniciando en Dajabón el 19 de febrero de 2024 y concluyendo en Santo Domingo el 20 de febrero de 2024, con la participación de delegados del Partido de la Liberación Dominicana.

Además, el Tribunal aceptó uno de los argumentos de inadmisión presentados por las partes recurridas y declaró inadmisible el recurso de apelación contra el acta número 01-2024 del 20 de febrero de 2024.

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