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MAP advierte sobre la incompatibilidad de funciones en el Estado

El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha emitido la circular 003583, la cual hace hincapié en la incompatibilidad de funciones durante la toma de posesión de las nuevas autoridades municipales y las próximas elecciones congresuales.

En dicha circular, el ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, destaca que ningún funcionario o empleado del Estado puede ocupar simultáneamente más de un cargo remunerado, a excepción de la docencia. Esta disposición se encuentra en el artículo 144 de la Constitución.

Con respecto a los legisladores, se menciona que los cargos de senador y diputado son incompatibles con otras funciones o empleos públicos, salvo la labor docente, según lo establecido en el artículo 77 de la Constitución.

La circular aclara que solo en casos de labores docentes, culturales, de investigación o de carácter honorífico, no afectadas por la incompatibilidad legal y con la correspondiente reposición horaria, se puede aceptar el desempeño simultáneo de más de un cargo en el Estado.

Además, se señala que la aceptación de un segundo cargo público incompatible con el primero implica la renuncia automática del primero, sin menoscabo de la responsabilidad correspondiente, de acuerdo con la Ley 41-08 de Función Pública.

Por último, se destaca que los funcionarios no pueden recibir ninguna remuneración adicional a la propia de su puesto de trabajo, ni ejercer funciones que impliquen el pago de prestaciones o remuneraciones de otras fuentes, excepto las docentes, de acuerdo con la Ley 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano.

Esta comunicación va dirigida a ministros, contralor general de la República, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, directores nacionales y generales, administradores, alcaldes, vicealcaldes, regidores, directores de Juntas Distritales, senadores y diputados.

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