La familia de Yennely Duarte Hilario ha declarado que la joven, quien fue asesinada por su amiga, previamente tuvo una relación sentimental con ella. Señalan que la "molestia" por el inicio de un nuevo vínculo heterosexual fue el motivo detrás de este terrible crimen.
Debido a la naturaleza del caso, donde la acusada confesa Ammy Hiraldo, de 21 años, está bajo prisión preventiva en la cárcel de Rafey Mujeres, surge la pregunta de si este crimen podría ser considerado como un feminicidio.
Debido a desacuerdos en el Congreso Nacional para modificar el Código Penal, el feminicidio sigue siendo un concepto social en la República Dominicana utilizado para identificar y abordar diferentes tipos de violencia: “El feminicidio es el asesinato intencional de una mujer a manos de su pareja por motivos de género”.
Nadie ha sido condenado por feminicidio, sino por homicidio o asesinato en la República Dominicana, ya que son los delitos penales, junto con el parricidio, infanticidio y envenenamiento (artículos 295, 296, 299, 300 y 302 del Código Penal Dominicano), bajo los cuales se castiga la muerte de una persona.
¿Feminicidio, homicidio o asesinato?
Diario Libre consultó a tres fiscales, tres abogados, un sociólogo y un psicólogo sobre el tema y hubo opiniones divergentes. Sin embargo, dado el vacío en la legislación dominicana, es importante tener en cuenta que la figura del feminicidio, independientemente de si se trata de parejas heterosexuales u homosexuales, no es actualmente un término jurídico.
Atendiendo a la definición social y adoptada por otros países que sí tipifican el feminicidio, los abogados penalistas Marisol García y Jean Cristofer Pérez opinan que la muerte de Duarte Hilario no sería un feminicidio, sino un asesinato.
- “El feminicidio tiene particularidades. De acuerdo con lo que se ha definido como feminicidio, debe existir una relación hombre-mujer, no mujer-mujer, ya que hay una discrepancia de poder, autoridad y posición entre un hombre y una mujer”, expresó García.
Contrariamente, la titular de la Dirección de Violencia de Género de la Procuraduría Nacional, Ana Andrea Villa Camacho, considera que la muerte de una mujer a manos de su pareja o expareja del mismo sexo podría ser considerada como un feminicidio.
"Son parejas", argumentó basándose en lo establecido en la guía "Comprender y abordar la violencia contra las mujeres" publicada en 2013 por el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe.
Abogado Carlos Salcedo señaló que si la legislación dominicana incluyera el feminicidio, la acusada podría enfrentar ese cargo, ya que el feminicidio es el asesinato de una mujer independientemente del sexo de su agresor, opinión compartida por el sociólogo Celedonio Jiménez.
Por otro lado, el director del Centro de Intervención Conductual para hombres de la Procuraduría General de la República, Luis Vergés, mencionó que cuando se trata de violencia de género, se refiere a relaciones heterosexuales, pero en las parejas homosexuales también hay desigualdades que pueden llevar a violencia similar a la de una relación heterosexual.
En cuanto a las relaciones de personas del mismo sexo, Vergés propone analizar los diferentes tipos de violencia y establecer protocolos específicos para esos casos.
En el ámbito de los casos de poblaciones vulnerables, la procuradora general Miriam Germán Brito emitió una resolución el año pasado instruyendo el respeto a la identidad u orientación de género de personas de la comunidad LGBTIQ.
La fiscal del Distrito, Rosalba Ramos, opina que el concepto de feminicidio no se aplica a los homicidios intencionales entre parejas lesbianas. Indica que las agresiones entre parejas del mismo sexo pueden considerarse como violencia intrafamiliar si conviven, pero no como violencia de género.
Analizando la muerte de Yennely, la abogada Marisol García comentó que, según lo que se sabe, Yennely y Ammy no vivían juntas, por lo que este caso no sería considerado como violencia intrafamiliar.
Proceso en el caso de Yennely
El Ministerio Público de la provincia Sánchez Ramírez, representado por el fiscal Rolando Vásquez, no entro en el debate de "feminicidio o asesinato".
- "Para la ley, sea hombre o mujer, es homicidio o asesinato. Es genérico, es la muerte de una persona. Si hablamos de feminicidio, se asume que es el hombre quien cometió el acto", explicó.
El expediente del Ministerio Público, al que Diario Libre tuvo acceso, califica legalmente el acto por el que se acusa a Ammy Hiraldo como violación de los artículos 295, 296, 297, 298, 302, 303-4, 7, 10 y 11 del Código Penal y los artículos 83 y 86 de la ley 361-16 que tipifican el asesinato con premeditación y asechanza y porte ilegal de arma, delitos que conllevan una pena máxima de 30 años de prisión.
Diario Libre
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