La jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, declaró inadmisible el martes la demanda de 10 millones de pesos presentada por familiares de Tatito Henríquez contra el bachatero Anthony Santos, alegando el uso y monetización de la canción "Corazón de piedra".
El tribunal tomó esta decisión luego de aceptar un incidente presentado por la defensa de Carlos Balcácer, abogado del bachatero, argumentando que los herederos de Tatito Henríquez debieron presentar la querella en un caso civil y no penal.
La magistrada señaló que la acusación presentada por el Ministerio Público era deficiente, ya que no se especificaba quién realizó la publicación de la canción ni quién se benefició económicamente de la misma.
Además, se mencionó que no se demostró que Anthony Santos se enriqueció con la canción, como establece la ley de Derecho de Autor.
Finalmente, la jueza destacó que la demanda solo fue presentada por dos de los siete hijos de Tatito Henríquez, quienes exigían compensación por daños y perjuicios.
El cantante Anthony Santos negó las acusaciones, afirmando que solo interpretó una parte de la canción en una fiesta.
Lectura completa de la sentencia
La lectura completa de esta decisión se llevará a cabo el 4 de junio de 2024 a las 9:00 de la mañana en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
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