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¿Cuáles son las disposiciones de la Ley que regulan a las personas con TEA?

El Consejo Nacional de la Discapacidad (Conadis) ha publicado en su sitio web el proyecto de reglamento para la aplicación de la Ley 34-23, la cual se enfoca en la atención, inclusión y protección de las personas con trastorno del espectro autista (TEA).

El Poder Ejecutivo dejó vencer el plazo legal para la promulgación del reglamento, iniciando las vistas públicas el 2 de abril, después de que la ley fuera oficializada el 5 de junio de 2023.

Claudia Pimentel Melgen, directora del Conadis, mencionó en una entrevista con Diario Libre en febrero, que el 29 de marzo era la fecha límite con la que estaban trabajando.

El borrador está disponible en la página web del Conadis para que la población pueda hacer sugerencias a través de correo electrónico durante 20 días.

Registro

Una de las nuevas medidas que establece el texto, realizado por el Conadis en colaboración con instituciones relacionadas, es la creación de un Registro Nacional de Personas con TEA, que estará a cargo de la misma institución. Este registro tiene como objetivo facilitar el acceso de las personas con TEA a políticas públicas, programas y servicios sociales, e incluir un análisis sociodemográfico, donde el Siuben se encargará de recopilar los datos sociodemográficos.

El Conadis podrá establecer acuerdos de colaboración con entidades públicas, privadas y sin fines de lucro para compartir información del registro, respetando las normativas de privacidad y confidencialidad.

En el artículo 30, se instruye al Ministerio de Salud Pública a crear un expediente único sanitario e inclusivo que contemple las informaciones de salud, así como los datos de servicios de salud utilizados por personas con TEA.

Sanciones

En la propuesta de reglamento, el Conadis establece que cada una de las siete instituciones facultadas por la Ley 34-23 para imponer sanciones administrativas a quienes discriminen a personas con TEA, debe crear su propio reglamento sobre el procedimiento administrativo sancionador.

La ley menciona multas de 1 a 10 salarios mínimos para individuos y empresas que nieguen servicios a personas con TEA en clínicas y hospitales, los cuales deben ser aplicados por el Ministerio de Salud. También se impondrían sanciones por discriminación en planteles educativos, instalaciones culturales, eventos deportivos, servicios de transporte y seguros de salud, a cargo de las respectivas instituciones mencionadas.

El Ministerio de Trabajo se encargará de castigar a entidades que rechacen la contratación de personas con certificados de habilitación expedidos por el Conadis. Las multas recaudadas se repartirán entre el Conadis y la institución sancionadora en un 50% para cada una.

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