lunes, noviembre 3, 2025
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Editoriales

La Suprema Corte emite nuevamente un fallo desfavorable respecto al aeropuerto de Bávaro

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha vuelto a fallar en contra del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), apoyando al Poder Ejecutivo y al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), quienes previamente habían declarado que el proyecto del aeropuerto era perjudicial al violar las normativas aeronáuticas y por carecer de los permisos necesarios para su funcionamiento.

En una instancia de corte de casación, la Tercera Sala de la SCJ rechazó un recurso de apelación presentado por el AIB y consideró inadmisibles otras dos acciones legales relacionadas, todas promovidas por el Grupo Abrisa, la empresa matriz del AIB.

Adicionalmente, la Corte determinó que el Decreto 270-20, emitido para autorizar y promover el desarrollo del proyecto durante la presidencia de Danilo Medina el 21 de julio de 2020, iba en contra de la normativa legal. Esta decisión se vio respaldada por la derogación hecha posteriormente por el actual presidente, Luis Abinader, en respuesta a un fallo previo de la misma SCJ que invalidaba dicho decreto.

Estas resoluciones confirman las decisiones previas del Tribunal Superior Administrativo, que había rechazado los intentos del AIB de oponerse a la prohibición de continuar con su proyecto. En su fallo detallado, la SCJ analizó y rebatió los argumentos presentados por el AIB, con el presidente de la sala, Manuel A. Read Ortiz, emitiendo la opinión mayoritaria.

En cuanto a los procedimientos, la sentencia cuestionó el contrato directo entre el Estado dominicano y el AIB, señalando que se otorgó de manera irregular y sin seguir los procesos establecidos en la ley de contrataciones públicas, en particular la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y los principios de publicidad, transparencia e igualdad establecidos en la Carta Política dominicana y la Ley 47-20 de Alianzas Público-Privadas.

Por otro lado, el magistrado Moisés A. Ferrer Landrón emitió un voto disidente, expresando su desacuerdo con la decisión mayoritaria al considerar que la declaratoria de lesividad del acto administrativo fue arbitraria y carecía de un razonamiento adecuado, lo que, según él, resultaba incongruente y negaba derechos previamente concedidos al beneficiario del acto impugnado.

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