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SCJ: "Las publicaciones periodísticas carecen de valor probatorio por sí solas"

La Suprema Corte de Justicia ha determinado a través de las Salas Reunidas que las publicaciones periodísticas, por sí solas, no son suficientes para establecer la responsabilidad civil de una persona.

En una sentencia emitida el 29 de diciembre de 2023, las Salas Reunidas señalan que las publicaciones de este tipo suelen ser escritas por terceros que muchas veces no presenciaron directamente los hechos, basando su información en testimonios de terceros o fuentes secundarias.

El órgano judicial explica que los periodistas pueden cometer errores, omisiones o interpretaciones subjetivas de los hechos, lo que afecta la fiabilidad de la información proporcionada a través de este medio.

La Suprema Corte de Justicia también aclara que los artículos de prensa no tienen valor certificante, a diferencia de otros medios reconocidos legalmente, como las actas oficiales públicas, testimonios, peritajes o la comparecencia de las partes en un proceso legal.

Este pronunciamiento surge en respuesta a una demanda por daños y perjuicios relacionada con un accidente durante una competencia automovilística en la base aérea de San Isidro, en la que un piloto perdió el control y causó la muerte de un espectador.

Las Salas Reunidas anulan una sentencia previa y devuelven el caso a la Corte de Apelación del Distrito Judicial de Santo Domingo para que sea revisado nuevamente.

Los magistrados que firmaron la decisión son Luis Henry Molina Peña (presidente), Manuel R. Herrera Carbuccia, Francisco A. Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Nancy I. Salcedo Fernández, Rafael Vásquez Goico, Vanessa E. Acosta Peralta, Napoleón R. Estévez Lavandier, María G. Garabito Ramírez, Moisés A. Ferrer Landrón, Francisco A. Ortega Polanco y Claudio A. Medrano.

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