domingo, diciembre 22, 2024
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Gobierno dominicano afirma que las deportaciones de haitianos no son una actividad lucrativa en República Dominicana

Durante la presentación de LA Semanal con la Prensa, el presidente de la República, Luís Abinader, afirmó este lunes que el gobierno ha llevado a juicio a varios miembros de las Fuerzas Armadas y agentes de Migración por casos de corrupción en deportaciones de haitianos, incumpliendo la Constitución Nacional y la Ley No. 285-04.

Ante la pregunta de un periodista sobre posibles pagos que reciben los oficiales dominicanos de haitianos para regresar al país después de ser deportados, Abinader respondió que "no podemos negar que exista corrupción, como en cualquier país del mundo. Se somete semanalmente a miembros de Migración y de las Fuerzas Armadas que cometen este tipo de actos de corrupción, aunque no salga a la luz pública".

Según el corresponsal que formuló la pregunta, estos ciudadanos suelen pagar RD,000 para poder entrar y volver después de ser repatriados a su país.

Abinader mencionó que había negociado con el fallecido presidente del país vecino, Jovenel Moïse, para otorgar permisos de trabajo a los haitianos que trabajaban en República Dominicana en empresas, pero estos acuerdos no se concretaron debido al magnicidio. Además, señaló que cerca del 90% de estos nacionales carecen de documentación, ya que Haití no las proporciona, lo que limita a República Dominicana para emitirles una identificación que los proteja en el ámbito laboral, por lo que "se procede a deportarlos, como indica la Ley".

Permisos de trabajo

Subcategoría de habitantes fronterizos

La Ley Nº 285-04, General de Migración, contempla una subcategoría de habitantes fronterizos y se establece en el decreto Nº 631-11, el cual crea el reglamento de aplicación de la misma. En su artículo 78, se menciona que los extranjeros incluidos en la subcategoría de habitantes fronterizos de las comunidades fronterizas deben ingresar al territorio nacional en horario de la misma fecha de entrada durante las horas establecidas para la apertura y cierre de la frontera convenidas entre las autoridades de ambos países.

El carné de entrada para los habitantes fronterizos dentro de esta subcategoría de No-Residente solo es válido para entrar y salir del territorio nacional de la República Dominicana en un mismo día, con una vigencia de un año renovable.

El carné de habitante fronterizo debe contener los datos de identificación del titular y debe ser registrado diariamente por la D.G.M. En caso de violación al plazo de permanencia, se actuará según lo establece la ley y el reglamento.

El artículo 60 de la ley de Migración regula el procedimiento de admisión para la subcategoría de trabajador temporero y otras actividades no laborales transfronterizas siguiendo los convenios bilaterales.

Las actividades no laborales transfronterizas se refieren a actividades comerciales entre la República Dominicana y Haití en sus fronteras comunes, cumpliendo con las disposiciones legales previstas en la Ley General de Migración.

Permiso de no residente temporal con contrato de trabajo

El Permiso de No Residente es para extranjeros que ingresan a la República Dominicana con un contrato de trabajo avalado por una empresa del país. La vigencia es de un año renovable y requiere passport, acta de nacimiento, certificado de no antecedentes penales, entre otros.

Deportaciones

En el primer trimestre de 2024, la Dirección General de Migración informó que unos 28,318 extranjeros han sido deportados a sus países de origen, siendo la mayoría haitianos. Estas deportaciones se hacen conforme a la Ley 285-04, respetando los derechos humanos y las normas internacionales.

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